Ayudas para la realización de actuaciones de eficiencia energética en explotaciones agropecuarias Fondo Nacional de Eficiencia Energética
Fecha Límite de inscripción
31 de diciembre de 2023Objetivos
Renovación de las instalaciones existentes, tanto de generadores de calor, como sistemas de climatización, iluminación, bombas u otros equipos consumidores, así como la sustitución de energía convencional en instalaciones térmicas por otras que utilicen energías renovables térmicas (energía solar térmica, biomasa, residuos, energía geotérmica, o bomba de calor aerotérmica o hidrotérmica) que, reducirán el consumo de energía en un 30%.
Favorecer la generación de empleo y de actividad económica asociada al incremento de actividad derivada de las líneas de apoyo, así como el beneficio derivado de la reducción de las importaciones de combustibles fósiles y mejora de la competitividad de los titulares de las actividades agropecuarias.
Actividades elegibles
1. Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones de regadío. Consistirá en la ejecución de actuaciones de reforma de las instalaciones de regadío en explotaciones agropecuarias y comunidades de regantes, por renovación de sus equipos de bombeo que reduzcan el consumo de energía final y las emisiones de CO2.
Las actuaciones podrán ser, con carácter orientativo y no limitativo:
La sustitución de grupos de bombeo por otros más eficientes energéticamente.
La implantación de variadores de frecuencia y arrancadores estáticos o la sustitución por equipos más eficientes energéticamente en bombeos.
La implantación o modernización de sistemas de regulación, control y monitorización de la red de riego que contribuyan de forma directa al ahorro de energía.
La instalación o sustitución de baterías de condensadores para mejorar la eficiencia energética de las instalaciones eléctricas de las estaciones de bombeo.
No serán elegibles aquellas actuaciones que contribuyan al incremento en el consumo de agua o de la superficie regable.
2. Mejora de la eficiencia energética y utilización de energías renovables en explotaciones agropecuarias. Consistirá en la realización de actuaciones de reforma de las explotaciones e instalaciones consumidoras de energía térmica, eléctrica y de proceso propias de las explotaciones agropecuarias que reduzcan el consumo de energía final y las emisiones CO2.
Las actuaciones podrán ser, con carácter orientativo y no limitativo:
Actuaciones sobre la envolvente térmica que reduzcan la demanda de calefacción y refrigeración de los edificios agropecuarios (fachadas, cubiertas, ventanas) incluyendo soluciones bioclimáticas.
Actuaciones en las instalaciones térmicas de calefacción, refrigeración, ventilación y agua caliente sanitaria, como pueden ser las destinadas a los procesos de pasteurización y conservación de productos perecederos, a la climatización de naves de ganado e invernaderos, refrigeración en procesos de fermentación del vino, etc.
Mejora de la eficiencia energética de los subsistemas de generación, distribución, regulación y control y elementos terminales de las instalaciones térmicas, incluyendo el aprovechamiento de calores residuales y nuevas redes de calor.
Sustitución de energía convencional en instalaciones térmicas por energías renovables térmicas (energía solar térmica, biomasa, energía geotérmica, energía ambiente (aerotermia o hidrotermia), bombas de calor o una combinación de ellas). No se considerará elegible la sustitución de un generador térmico por otro que utilice combustible de origen fósil.
Reforma o sustitución de instalaciones de iluminación interior y alumbrado exterior.
Renovación de motores para accionamientos mecánicos y otros servicios propios de estas actividades.
Beneficiarios
Personas físicas o jurídicas de naturaleza privada o pública titulares de una explotación agropecuaria.
Comunidades de Regantes y otras organizaciones cuyo fin consista en la gestión común de agua para el riego agrícola o la gestión común de otros combustibles y fuentes de energía para fin agropecuario.
Titulares de explotaciones agrícolas de regadío que utilicen redes de riego para cuyo funcionamiento sea necesario actualmente el consumo de energía eléctrica.
Cualquier organización o asociación de productores agrícolas reconocida por la autoridad competente.
Tipo de ayuda y condiciones económicas
Dotación presupuestaria de 30.000.000 euros.
Para la Actuación 1: Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones de regadío:
Límite máximo: 30% del coste elegible.
Para la Actuación 2: Mejora de la eficiencia energética y energías renovables en explotaciones agropecuarias:
Límite máximo: 30% del coste elegible.
Requisitos
Las actuaciones objeto de ayuda deberán cumplir con la normativa vigente que les sea de aplicación, así como contar con las preceptivas licencias y autorizaciones administrativas en el caso de que las mismas lo requieran.
Dado el carácter incentivador de las ayudas, solo se admitirán actuaciones por parte de los destinatarios últimos de las ayudas iniciadas con posterioridad a la fecha de registro de la solicitud de la ayuda, no considerándose elegible ningún coste relativo a la ejecución de la actuación que haya sido facturado con anterioridad, sin perjuicio de los costes correspondientes a actuaciones preparatorias que sean necesarios para presentar la solicitud o llevar a cabo las correspondientes inversiones, como pueden ser proyecto, memorias técnicas, certificados, etc., que sí podrán ser considerados subvencionables, aun cuando hubieran sido facturados con anterioridad, siempre que, en todo caso, estas actuaciones preparatorias se hubieran iniciado con fecha posterior a la fecha de entrada en vigor del programa establecida en el artículo 4.
Normativa aplicable
Las bases reguladoras del presente Programa de ayudas se regirán por el Real Decreto 149/2021, de 9 de marzo(*), por el que se regula el programa de ayudas para la realización de actuaciones de eficiencia energética en explotaciones agropecuarias y se acuerda la concesión directa de las ayudas de este programa a las Comunidades Autónomas.
(*) Real Decreto 1126/2021, de 21 de diciembre, por el que se modifica el Real Decreto 149/2021, de 9 de marzo, por el que se regula el programa de ayudas para la realización de actuaciones de eficiencia energética en explotaciones agropecuarias y se acuerda la concesión directa de las ayudas de este programa a las comunidades autónomas.